El magistrado de la Audiencia Provincial de Cuenca impuso una pena de prisión de 19 años de cárcel para la acusada de haber asesinado a su nieto recién nacido tras haber asistido en el parto a su hija que en esos momentos era menor de edad.
La sentencia dictada este martes condena a A. F. M. natural de la localidad de Iniesta a una pena privativa de libertad de 19 años. Sobre esta condena se descontará el tiempo que la condenada ha pasado en prisión preventiva por esta causa. Una medida que el Juzgado de Instrucción Número 1 de Motilla del Palancar impuso desde el 30 de junio de 2014 hasta el momento de la celebración del juicio que tuvo lugar el 8 y el 10 de septiembre de este año por jurado popular.
El auto del juez considera a la acusada «responsable criminalmente de un delito de asesinato con alevosía» y establece una pena cercana al máximo que recoge la ley para estos casos, de 20 años.
Los hechos ocurrieron el 18 de febrero del 2013 cuando la hija de la acusada dio a luz en el domicilio familiar y su madre, A. F. M., intentó ahogarlo en el baño y tras impedírselo la hija se lo llevó a la cocina donde le propinó dos golpes que le causaron la muerte.
Hechos agravantes. El magistrado que presidió el juicio argumenta en su escrito su decisión al tener en cuenta varias circunstancias agravantes. Según recoge la sentencia a la que ha tenido acceso La Tribuna, estima oportuno tener en cuenta el parentesco de la autora con la víctima. En este caso, era la abuela del bebé asesinado, según consideró probado el jurado en su veredicto.
Recuerda la jurisprudencia al respecto que en los delitos calificados como asesinato debe tenerse en cuenta como una circunstancia agravante «una circunstancia que lleva aparejado un reproche mayor en la conducta de la acusada», señala el auto del juez.
Establece probado que en el delito imputado concurre además la característica de «alevosía de desvalimiento» al recordar que la indefensión de un bebé recién nacido es «total y absoluta». Junto a esto, la sentencia tiene en cuenta el resto de circunstancias que rodearon el caso como el hecho de ocultar el cuerpo del bebé durante una noche debajo de la cama de su hija o el hecho de arrojarlo por una acequia.
Asimismo, la sentencia establece que a la condena de prisión se una la «pena de inhabilitación absoluta durante el tiempo que dure la condena». Condena, a A. F. M. a hacerse cargo de las costas procesales del juicio. Una sentencia contra la que cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial.
Peticiones de pena. El tribunal del jurado consideró culpable a la acusada por mayoría con 7 votos a favor y dos en contra. Tras la lectura del veredicto por la portavoz del jurado, el fiscal mantuvo su petición de pena de 20 años de prisión que defendió desde el inicio del proceso en su escrito de calificación.
Por su parte el abogado defensor, que inicialmente solicitó la libre absolución de su clienta, solicitó una pena de prisión de 15 años o 17 años y medio como máximo si se entendía el parentesco como circunstancia agravante.