Castilla-La Mancha prohíbe la pesca de anguilas

EP
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Se establece la prohibición de la pesca recreativa de la anguila en todas las fases de vida y se crean cinco nuevos refugios de pesca del Arroyo del Chorro, Río Jaramilla, Río Berbellido, Río Ompolveda y cabecera del río Júcar

Castilla-La Mancha prohíbe la pesca de anguilas - Foto: E.G.M Eugenio Gutiérrez Martínez

El Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) ha publicado una Orden de la Consejería de Desarrollo Sostenible, por la que se modifica la Orden de 21 de enero, de Vedas de Pesca de 2024, a fin de introducir la prohibición de la pesca de la anguila e incluir cinco nuevos refugios de pesca.

Según recoge Europa Press del DOCM, el artículo 4 del Reglamento (UE) del Consejo de 10 de enero de 2024 por el que se fijan para este años las posibilidades de pesca aplicables a determinadas poblaciones y grupos de poblaciones de peces en el mar Mediterráneo y el mar Negro, así como respecto a la vertiente atlántica, así como el artículo 13 de dicho Reglamento por el que se fijan para 2024, 2025 y 2026 las posibilidades de pesca para determinadas poblaciones de peces aplicables en aguas de la Unión y, en el caso de los buques pesqueros de la Unión, en determinadas aguas no pertenecientes a la Unión, y se modifica el Reglamento (UE) 2023/194, establecen la prohibición de la pesca recreativa de la anguila en todas las fases de vida, siendo necesaria la modificación del artículo 5 y el anexo de la Orden regional, a fin de excluir la anguila de las especies comercializables y prohibir su pesca.

De su lado, el Decreto 4/2024, de 22 de enero, aprueba el Programa de Conservación de los Refugios de Pesca de Castilla-La Mancha, y la declaración de los refugios de pesca Arroyo del Chorro, Río Jaramilla, Río Berbellido, Río Ompolveda y cabecera del río Júcar y se modifican los límites de los refugios de pesca Los Chorros del río Mundo y río Endrinales, por lo que procede también modificar el artículo 7 de la Orden de Vedas de Pesca de 2024, a fin de recoger los cinco nuevos refugios de pesca y la modificación de los límites de los otros dos referidos.