CEOE pone su postura sobre la mesa para la subida salarial

Redacción
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La Confederación de Empresarios señala que la Junta Directiva de CEOE ha marcado su postura sobre las negociaciones del Salario Mínimo Interprofesional en esta línea.

CEOE pone su postura sobre la mesa para la subida salarial

CEOE Cepyme Cuenca avanza que la subida salarial que se plantee en los diferentes convenios tiene que situarse en la línea con lo establecido en el V Acuerdo para el Empleo suscrito con los sindicatos.

De hecho, la Confederación de Empresarios de Cuenca recuerda que la Junta Directiva de CEOE ha abogado por una subida del Salario Mínimo Interprofesional para los años 2024 y 2025 que esté en esta línea.

Así, se considera adecuada esta propuesta para tratar de mantener una correlación entre la evolución del SMI y la del resto de salarios que se pactan en el marco de la negociación colectiva.

Otras propuestas. Además, la propuesta de la organización nacional empresarial ha establecido como condición la modificación de la normativa de precios en los procesos de contratación del sector público, para repercutir el incremento del Salario Mínimo Interprofesional en los contratos de ejecución, tal y como también recoge el V Acuerdo Nacional para el Empleo firmado por las organizaciones empresariales y los sindicatos.

Con esta propuesta realizada por CEOE, el SMI para 2024 se situará en 1.112,40 euros al mes por 14 pagas, es decir 15.536,6 euros al año, y para 2024 el salario sería de 1.145,77 euros al mes por 14 pagas, un acumulado de 16.040,78 euros al mes.

CEOE Cepyme Cuenca aclara que, en ambos casos. sería aplicable la cláusula de garantía prevista para estos ejercicios en el Acuerdo Nacional para el Empleo y la Negociación Colectiva.

Así, la propuesta de aumento del Salario Mínimo Interprofesional que proponen CEOE y Cepyme se sitúa por encima del incremento salarial del 2% aplicado a los funcionarios de 2024.

En su propuesta, las organizaciones empresariales nacionales tienen en cuenta las variables previstas para el artículo 27.1 del Estatuto de los Trabajadores como el IPC, la productividad nacional, el incremento de la participación del trabajo en la renta nacional y la coyuntura económica.