Sanidad subirá el copago de los fármacos a rentas medias y altas

EFE
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El Gobierno planea reformar la financiación de medicamentos para hacerla más proporcional, favoreciendo a los que menos perciben y elevando un 5% la aportación a partir de 35.000 euros

El objetivo del Ministerio de Mónica García es mejorar el acceso de las personas más necesitadas y vulnerables. - Foto: M. PÉREZ (EFE)

El Ministerio de Sanidad ya tiene preparada la norma con la que quiere reformar el sistema de copago farmacéutico para hacerlo más proporcional a los ingresos. Para ello, el Gobierno planea introducir cuatro nuevos tramos de aportación, y subirá la que deben hacer las personas de rentas altas y medias frente a una reducción de las más bajas.

Es una de las novedades del anteproyecto de Ley de los Medicamentos y Productos Sanitarios que el departamento de Mónica García quiere llevar al Consejo de Ministros a principios de año.

Nuevos tramos

Ahora, los tramos de renta para el copago, invariables desde 2012, son tres: rentas menores de 18.000 euros, que pagan el 40 por ciento; las de 18.000 a 100.000, que abonan la mitad; y más de 100.000, que desembolsan el 60 por ciento. La reforma propone crear nuevos intervalos: de hasta 9.000 euros y de 9.000 a 18.000 euros, que aportarán el 40 por ciento; y de 18.000 a 35.000, que darán el 50 por ciento.

Por primera vez, se introducen límites de aportación mensual, que será de 8,27 euros en el primero; de 18,52 euros en el segundo; y de 61,75 euros en el tercero. Estos grupos «son los que más problemas para acceder a medicamentos tienen, y eso es porque no había un tope de aportación», revela el número dos de Sanidad, Javier Padilla 

A partir de los 35.000 no habrá un máximo de aportación mensual: los de hasta los 60.000 tendrán que abonar el 55 por ciento; los de 60.000 a 100.000, el 60 por ciento y, a partir de esa cifra, el 65 por ciento.

Pensionistas

Pensionistas y activos comparten ahora los mismos tramos, salvo que los primeros tienen topes mensuales de 8,27, 18,52 y 61,75 en cada intervalo. Con la reforma, seguirán así, excepto los que estén en el intervalo de 60.000 a 100.000 euros, que deberán costearse el 60 por ciento hasta los 40,14 euros mensuales.

Hay grupos que estarán exentos de pago: los afectados por síndrome tóxico, personas con discapacidad, perceptores de rentas mínimas o menores de edad con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento. Todo redundará en una mejora para los que ganan menos de 35.000. La mayor subida será para el 3 por ciento de rentas más altas para lograr así la progresividad.

Innovación incremental

La futura ley establece los criterios generales de financiación, incorporando pautas como el medioambiental o la innovación incremental. En este sentido, permitirá la financiación transitoria, condicional y «precoz» de fármacos novedosos que supongan una aportación especial para el paciente hasta que la Comisión Interministerial de Precios tome la decisión final.

Patentes y genéricos

El anteproyecto también modifica los precios de referencia para, una vez expiradas las patentes de los medicamentos originales, se impulsen los biosimilares y genéricos, excluyendo los fármacos huérfanos y derivados del plasma humano.

Actualmente, el coste de referencia es el del producto de menor cuantía; Sanidad quiere establecer una horquilla para que los que estén fuera de ese valor no queden excluidos de la ayuda. Es decir: Si un paciente quiere elegir una medicina que no esté en el sistema -por ejemplo, un gelocatil-, podrá recibir una financiación proporcional al del medicamento más barato, abonando así solo la diferencia.

Asimismo, la norma da respuesta a las situaciones que se generan cuando un fármaco antiguo baja de precio y pone en riesgo su viabilidad y, por tanto, su abastecimiento.

Prescripciones

El borrador recoge la prescripción por principio activo como regla general, salvo de medicamentos en procesos crónicos cuya receta se corresponda con la continuidad de tratamiento; de pacientes vulnerables o con problemas de adherencia y los fármacos considerados no sustituibles por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios.

Otra de las novedades es que los farmacéuticos podrán reemplazar medicinas de las mismas agrupaciones cuando no tengan la petición exacta del paciente.

Por último, la ley actualiza la prescripción enfermera de algunos fármacos para darle mayor seguridad jurídica más allá de las guías publicadas, una facultad que se extenderá a los fisioterapeutas.