La Fiscalía ha pedido este miércoles al Tribunal Supremo (TS) que aplique la ley de amnistía a la malversación y la desobediencia que se le atribuye a los líderes del procés, incluido el expresidente catalán Cales Puigdemont, al entender que no hacerlo "dejaría prácticamente vacío de contenido lo dispuesto" en la norma que entró en vigor la semana pasada.
El Ministerio Público también reclama la amnistía para los exconsejeros procesados en rebeldía Toni Comín, Lluís Puig y Clara Ponsatí, y para la secretaria general de ERC, Marta Rovira; así como para el exvicepresidente del Govern Oriol Junqueras y para los exconsejeros condenados Raül Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa.
Asimismo, aboga por levantar las órdenes nacionales de detención que pesan sobre Puigdemont, Puig, Ponsatí y Rovira. Y pide declarar el archivo de la causa que se mantiene abierta contra ellos.
Así consta en el escrito, recogido por Europa Press, que el Ministerio Público ha presentado ante el alto tribunal bajo la firma de la teniente fiscal del Supremo, Ángeles Sánchez Conde, y del fiscal de Sala jefe de lo Penal de la Fiscalía del TS, Joaquín Sánchez-Covisa.
Ambos fiscales han asumido la causa del procés por encargo del fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, después de que ayer martes la Junta de Fiscales avalara su postura sobre la ley de amnistía frente a la de los cuatro fiscales que llevaban el procedimiento y que participaron en el juicio celebrado en 2019.
No ven afectados los intereses financieros de la UE
En su informe, los fiscales defienden que la malversación del procés es amnistiable, entre otros motivos, porque los hechos probados en esta causa "no contienen ninguna alusión o referencia a que se hubiere producido una afectación directa o indirecta a los intereses financieros de la Unión Europea".
Además, señalan que "no se aprecian razones para entender que sea de aplicación la exclusión prevista en el art. 2.e) LOA, pues no consta que se vieran afectados los intereses financieros de la Unión Europea". Y añaden que "los fondos desviados no eran fondos europeos según las definiciones ofrecidas por la Directiva (UE) 2017/1371 y por el Reglamento (UE) 2017/1939".
"Desde el punto de vista de los ingresos, cabe afirmar que el presupuesto de la Unión no sufrió impacto alguno a causa del desvío de fondos para la celebración de la consulta independentista de 1 de octubre de 2017", apuntan.
Tampoco ven enriquecimiento personal
Insisten también en que se puede amnistiar la malversación porque el perjuicio patrimonial para la Administración que causaron los encausados no es equiparable al enriquecimiento personal de carácter patrimonial.
Para los fiscales "es lógico concluir" que se debe amnistiar la malversación "siempre que el responsable del delito se hubiera limitado a desviar fondos públicos con la única finalidad de financiar, sufragar o facilitar la convocatoria y/o celebración de las consultas del 9 de noviembre de 2014 y del 1 de octubre de 2017".
En este sentido, recalcan que "transcurridos varios años desde la celebración de la consulta del 1 de octubre de 2017, es notorio que la misma fue íntegramente financiada mediante el desvío de fondos públicos que fueron ilícitamente distraídos". Y sostienen que no amnistiar estos hechos "dejaría prácticamente vacío de contenido lo dispuesto" en la ley de amnistía.
Matizan, sin embargo, que dicha conducta "no será susceptible de ser amnistiada cuando, al margen de la voluntad o ánimo de conseguir la celebración de las consultas, el responsable del delito persiguiera, asimismo, la consecución de otras finalidades de carácter económico o patrimonial".
Defiende la legitimidad de las condenas
En otro escrito remitido a la Sala de lo Penal del Supremo, en el que pide aplicar la amnistía Junqueras, Romeva, Turull y Bassa, la Fiscalía respalda las condenas impuestas y a los tribunales que juzgaron el proceso independentista catalán aunque vayan a ser amnistiados por decisión del Poder Legislativo.
"El hecho de que los delitos cometidos sean amnistiados por decisión del legislador español no permite poner en duda la legitimidad de las condenas o la de los jueces y tribunales que las dictaron", señalan.
En este sentido, inciden en que la entrada en vigor de la ley de amnistía "no ofrece un nuevo trámite procesal que permita discutir o poner en tela de juicio la realidad de los hechos por los que los reos fueron condenados". "Tampoco se abre ahora una nueva oportunidad para efectuar una nueva valoración o revisión de la subsunción jurídica en su día realizada", añaden.
El criterio del fiscal general
Los informes aportados este miércoles recogen el criterio del fiscal general, que consiguió el aval de la mayoría de la Junta de Fiscales para pedir al Supremo que amnistíe la malversación, la desobediencia y los desórdenes públicos que se atribuyen a los encausados del procés.
La postura del fiscal general consiguió 19 votos -incluido el del propio García Ortiz- frente a los 17 que recabaron los fiscales del 1-O -Javier Zaragoza, Consuelo Madrigal, Fidel Cadena y Jaime Moreno-, que defendían que no era viable amnistiar la malversación de los encausados del procés porque tuvieron ánimo de lucro y afectaron a los intereses financieros de la Unión Europea.
La Fiscalía se pronuncia después de que el pasado 11 de junio, cuando se publicó la ley de amnistía en el Boletín Oficial del Estado (BOE), el juez instructor del procés Pablo Llarena y el tribunal que juzgó a los líderes independentistas dieran un plazo de cinco días a las acusaciones y las defensas para que informasen sobre la "aplicabilidad o inaplicabilidad" de la norma.
Este miércoles, el Ministerio Fiscal ha enviado al Supremo tres informes en los que aboga por aplicar la amnistía a los asuntos relativos al 'procés' que tiene en sus manos: la causa que permanece abierta para Puigdemont y el resto de exconsejeros procesados en rebeldía; la sentencia dictada sobre el exvicepresidente del Govern Oriol Junqueras y el resto de condenados del 1-O; y la causa abierta por Tsunami Democràtic.